APERTURA PLAZO DE SOLICITUDES para empresas entre 10 y 50 empleados
Fechas de inicio de presentación de solicitudes
- De 10 a 49 empleados: 15/03/2022 a las 11:00 horas
- De 3 a 9 empleados: 02/09/2022 a las 11:00 horas
- De 0 a 2 empleados: 20/10/2022 a las 11:00 horas
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¿QUÉ ES EL PROGRAMA KIT DIGITAL?
Es una iniciativa del Gobierno de España cofinanciado por los fondos Next Generation de la Unión Europea que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales para autónomos, microempresas y pequeñas empresas independientemente del sector al que pertenezcan.
¿QUÉ SERVICIOS CUBRE?
Cubre los siguientes apartados:
- Sitio web y presencia en Internet
- Comercio electrónico
- Gestión de Redes Sociales
- Gestión de Clientes
- Business Intelligence y Analítica
- Gestión de procesos
- Factura electrónica
- Servicios y herramientas de Oficina Virtual
- Comunicaciones seguras
- Ciberseguridad
- Presencia avanzada en Internet
- Marketplace
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EL BONO DIGITAL?
De momento se han establecido 3 tramos:
- Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados. Importe máximo de 12.000 €
- Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados. Importe máximo de 6.000 €
- Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y 2 empleados. Personas en situación de autoempleo. Importe máximo de 2.000 €
¿CÓMO SE SOLICITA EL BONO DIGITAL?
- Hay que registrarse en la web de Acelera pyme (https://www.acelerapyme.es) y cumplimentar el test de autodiagnóstico para saber el nivel de digitalización con el que se cuenta de partida.
- Después se puede consultar el catálogo de soluciones digitales que ofrecen los agentes digitalizadores, para escoger las que mejor se adapten a sus necesidades.
- Por último se solicitaría la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es)
¿CÓMO USAR EL BONO DIGITAL?
- Accede al catálogo de agentes digitalizadores y decide con quién quieres trabajar.
- Contacta con el agente digitalizador y suscribe el acuerdo de prestación de soluciones digitales.
¿QUÉ REQUISITOS HAY QUE CUMPLIR?
- Ser autónomo, microempresa o pequeña empresa.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establezca en la convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).
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